Acerca de
Titular
Rosaura Ruiz Gutiérrez
Secretaría de Educación Titular
Teléfonos:
51340770 ext. 1604
Atribuciones de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Distrito Federal:
Artículo 23 Quater.- A la Secretaría de Educación le corresponde el despacho de las materias relativas a la función educativa y al deporte.
Específicamente cuenta con las siguientes atribuciones:
I. Planear, organizar, desarrollar, administrar, supervisar y evaluar los servicios del Sistema Educativo del Distrito Federal, en el ámbito de su competencia;
II. Ejercer las facultades que en materia educativa se establecen para el Distrito Federal las leyes y demás disposiciones jurídicas federales y locales;
III. Impulsar y fortalecer la Educación Pública;
IV. Vigilar que la Educación que impartan los particulares en planteles incorporados al sistema educativo del Distrito Federal se sujete a las normas establecidas;
V. Prestar servicios bibliotecarios a través de bibliotecas públicas, a fin de apoyar al sistema educativo del Distrito Federal, a la innovación educativa y a la investigación científica, tecnológica y humanística, en concurrencia con la Federación.
VI. Formular, fomentar, coordinar y ejecutar políticas, programas y acciones de promoción y difusión de la investigación científica y la innovación tecnológica;
VII. Recibir y sistematizar la información que en materia de investigación científica e innovación tecnológica reciba de las instituciones académicas y centros de investigación públicos y privados, y operar un sistema de consulta al servicio de las dependencias, órganos desconcentrados y entidades de la Administración Pública del Distrito Federal y público en general;
VIII. Instrumentar la coordinación y distribución educativa entre la Federación y el Distrito Federal conforme a las aportaciones económicas correspondientes que fijen las Leyes Federales;
IX. Formular, fomentar y ejecutar políticas y programas que contribuyan a elevar los niveles y la calidad de la Educación en el Distrito Federal;
X. Fomentar la participación de las comunidades educativas, de las instituciones académicas y de investigación y de la sociedad en general, en las actividades que tengan por objeto fortalecer y elevar la calidad de la Educación Pública. Así mismo, podrán opinar en asuntos pedagógicos;
XI. Desarrollar y ejecutar la política deportiva que determine el Jefe de Gobierno de conformidad con la Ley del Deporte para el Distrito Federal;
XII. Dirigir el Sistema del Deporte del Distrito Federal a través del Instituto del Deporte;
XIII. Contribuir al desarrollo integral de las y los jóvenes del Distrito Federal, a través del Instituto de la Juventud del Distrito Federal;
XIV. Desarrollar y ejecutar todo tipo de programas de apoyo social que incidan en el proceso educativo en el Distrito Federal;
XV. Coordinar con los titulares de los Órganos Político Administrativos de cada demarcación territorial, las tareas de rehabilitación y mantenimiento de las escuelas del Distrito Federal, así como el adecuado funcionamiento de todas y cada una de las instalaciones, incluyendo dentro de estas las relativas a la instalación obligatoria de bebederos de agua potable; y
XVI. Las demás que atribuyan expresamente a las leyes y reglamentos.